Normativa & RGPD · 18 Julio 2026 · Equipo Técnico Legal RGPD
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) impuso más de 30 millones de euros en sanciones el último año por la mala gestión de documentos físicos. Descubra los requisitos legales obligatorios.
La destrucción inadecuada de documentos de papel sigue siendo una de las mayores causas de expedientes sancionadores por parte de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Muchas empresas creen erróneamente que tirar documentos con nombres, teléfonos o DNI a los contenedores urbanos no acarrea riesgos, cuando en realidad constituye una infracción Grave o Muy Grave según la LOPDGDD 3/2018 y el RGPD.
¿Qué exige el RGPD en relación con los archivos físicos?
El artículo 32 del RGPD establece expresamente la obligación de aplicar medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo.
- Destrucción ireconstruible: Los documentos con datos personales deben ser triturados de forma que sea técnicamente imposible recomponerlos. Se exige habitualmente el Nivel P-4 o P-5 (microcorte).
- Cadena de custodia blindada: Debe existir un registro ininterrumpido de custodia con contenedores de seguridad cerrados con llave.
- Certificado de Destrucción: Toda empresa contratista actúa como Encargado del Tratamiento (Art. 28 RGPD) y debe emitir un Certificado de Destrucción Oficial.
¿Cuáles son las sanciones de la AEPD?
Las sanciones por arrojar documentos con datos personales a la basura convencional pueden oscilar desde los 10.000 € para pequeñas pymes o clínicas, hasta millones de euros o el 4% del volumen de negocio anual global para grandes corporaciones. En Destrucción Confidencial Certificada, con sede en Sant Vicenç dels Horts (Barcelona), entregamos tras cada trituración el certificado homologado que exime completamente de responsabilidad a su empresa ante cualquier inspección de la AEPD.
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